Peña Taurina “Los Erales”, defienden el
patrimonio como a la afición
El pasado día miércoles 30 de octubre,los integrantes de la Peña Taurina “Los Erales”, presentaron una solicitud para
doblegar el resguardo policial, y se está por presentar una denuncia contra los
agresores y grupo de desadaptados que atentaron contra los aficionados
abonados, Policía Nacional y nuestro patrimonio Cultural del monumento de la
Plaza de Toros de Acho.
Ya están identificados algunos de los
agresores, quienes ahora quieren evitar todo tipo de responsabilidad aduciendo que
ha habido infiltrados.
En respuesta a los actos delictivos cometidos
el pasado domingo 27 de octubre por agrupaciones antitaurinas, los miembros de
la presentaron
una solicitud formal ante la PNP, a fin de que se redoblen las medidas de
seguridad y se adopten las acciones necesarias para evitar que personas
vinculadas a dichas agrupaciones vuelvan a cometer delitos en agravio de los
asistentes, la PNP y la propiedad privada y pública.
CARTA PRESENTADA:
Por todos los argumentos esgrimidos previamente en nuestra calidad de abonados y asistentes a la Feria Taurina del Señor de Los Milagros, solicitamos a la alta dirección de vuestra Institución, dispongan doblegar el resguardo y adoptar las medidas preventivas necesarias a fin de impedir que se vuelva a infringir la ley penal y se pudieran irroguar daños y lesiones a los asistentes y a la propiedad privada y pública, más aún cuando la celebración de corridas de toros en el Perú se da dentro del estricto marco de legalidad y al amparo del reconocimiento constitucional conforme se ha señalado previamente.
CARTA PRESENTADA:
Lima, 30 de octubre del 2013.
Señor
COMISARIO DE LA COMISARÍA DEL DISTRITO DEL RIMAC
Presente.-
Asunto: Solicita
doblegar resguardo policial ante inminencia de agresiones y daños.
De nuestra mayor consideración:
Joaquín Rey Hernández de Agüero, identificado
con DNI N° 43813903, Andrés Gutierrez Herrera, identificado con DNI N° 44650583,
Carlos Andrés Avalos Martinot, identificado con DNI N° 10004407, Diego Fernando
Vásquez Vásquez, identificado con DNI N° 46836529, José Nicolas de Piérola
Canthall, identificado con DNI N° 43577996, William Brando Calderón Urbina,
identificado con DNI N° 42430701 y Jorge Luis Morales Méndez, identificado con
DNI N° 41814896, todos con
domicilio para estos efectos en Calle Bartolomé Herrera N° 212, distrito de
Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, en nuestra calidad de
abonados y asistentes a la Feria Taurina del Señor de Los Milagros, exponemos
lo siguiente:
Que, como es de su conocimiento, el pasado
domingo 27 de octubre de 2013 en el marco del inicio de una edición más de la
Feria Taurina del Señor de Los Milagros, agrupaciones anti-taurinas convocaron
una marcha que partiría desde la Plaza San Martín en el Cercado de Lima y que
tendría como destino la Plaza de Toros de Acho, ubicada en el distrito del
Rimac.
Lamentablemente, conforme ha trascendido en
diversos medios de comunicación locales e internacionales y como seguramente
obra en los expedientes e investigaciones en curso, personas vinculadas a las
organizaciones que convocaron la marcha habrían cometido delitos contra la
vida, el cuerpo y la salud en agravio de miembros de la Policía Nacional del
Perú, delitos contra el patrimonio en
agravio de algunos abonados y asistentes
cuyos vehículos estacionados en los exteriores de la plaza de toros fueron
dañados y en agravio de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana
titular de la Plaza de Toros de Acho, inmueble declarado como patrimonio
cultural de nuestro país, el cual intentaron dañar.
Que, mediante Sentencia del Pleno
Jurisdiccional del Tribunal Constitucional del Perú de fecha 19 de abril del
año 2011 (Exp. N° 00017-2010-PI/TC) se reconoce el carácter cultural de los
espectáculos taurinos y se añade – entre otras consideraciones - que
“(…) una
persona que esté en desacuerdo con los espectáculos taurinos podrá no asistir a
ellos, como también debe ser libre y voluntaria su concurrencia, por ejercicio
en ambos casos del desenvolvimiento de la personalidad, que, según ha
reconocido este tribunal , es un derecho fundamental innominado o implícito que
se deriva o funda en el principio fundamental de la dignidad de la persona
(…)”
De otro lado, de acuerdo a la Constitución
Política del Perú y a la Ley de la Policía Nacional del Perú[1]
constituye finalidad y funciones de la
Policía Nacional del Perú (PNP):
“(…) garantizar,
mantener y restablecer el orden interno; prevenir, investigar y combatir los
delitos y faltas; prestar protección y ayuda a las personas, y a la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes y
la seguridad del patrimonio público y privado; (…)” (Resaltado
agregado)
“(…) velar por la
protección, seguridad y el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las
personas, el normal desarrollo de las actividades de la población y prestar
apoyo a las demás instituciones del Estado, en el ámbito de sus competencias y
funciones. (…)” (Resaltado agregado)Por todos los argumentos esgrimidos previamente en nuestra calidad de abonados y asistentes a la Feria Taurina del Señor de Los Milagros, solicitamos a la alta dirección de vuestra Institución, dispongan doblegar el resguardo y adoptar las medidas preventivas necesarias a fin de impedir que se vuelva a infringir la ley penal y se pudieran irroguar daños y lesiones a los asistentes y a la propiedad privada y pública, más aún cuando la celebración de corridas de toros en el Perú se da dentro del estricto marco de legalidad y al amparo del reconocimiento constitucional conforme se ha señalado previamente.
Agradeciendo
su atención, quedamos de ustedes.
Atentamente,
Joaquín Rey Hernández de Agüero
DNI N° 43813903
|
Andrés Gutierrez Herrera DNI N° 44650583
|
Carlos
Andrés Avalos Martinot
DNI
N° 10004407
|
Diego
Fernando Vásquez Vásquez
DNI
N° 46836529
|
José
Nicolas de Piérola Canthall
DNI
N° 43577996
|
William
Brando Calderón Urbina
DNI
N° 42430701
|
Jorge
Luis Morales Méndez
DNI
N° 41814896
|